lunes, 3 de octubre de 2011

IVA: La reforma imposible, la propuesta indecente.

Ampararse en la desesperación, en lo complicado de una difícil situación personal mil veces repetida para realizar propuestas que, en principio parecen muy razonables pero técnicamente imposibles, es una indecencia.

Hoy por hoy cuando la falta de liquidez ahoga a las empresas (sobre todo las más pequeñas), es cierto que el pago del IVA de las facturas no cobradas puede resultar un empujoncito más hacia el abismo. En esta situación hay partidos políticos que se dicen serios que proponen que hasta que una factura no se cobre no se pague el IVA correspondiente, razonable verdad? NO. Intentaré explicar los motivos por los que no es posible cambiar el criterio de caja (pago IVA cuando cobre la factura) por el de devengo (pago IVA cuando se realice la transacción, se emita la factura).

PRIMERO: El IVA es un tributo armonizado a nivel Europeo, tanto es así que en 1986, cuando España decidió entrar en la Unión Europea se vió obligada a adoptarlo. El tributo se regula por medio de la Sexta Directiva de la UE, dejando a los estados miembros una capacidad normativa ínfima. Esto es así además porque así debe serlo, ya que facilita enormemente las operaciones intracomunitarias en las que el diseño del impuesto es impresionante, facilitando el mercado intracomunitario y evitando competencia fiscal desleal. La propuesta del PP consiste entonces en el cambio normativo a nivel europeo?

SEGUNDO: El pago del IVA, su gestión y su control gira en torno a la contabilidad de las empresas, dicha contabilidad no sigue el criterio de caja (registrar las entradas y salidas de dinero), sino el principio devengo (registrar derechos de cobro, obligaciones de pago cuando se registran las operaciones, independientemente de la corriente monetaria). De modo que si te vendo un coche y me lo pagas en 300 plazos de 40 euros, yo registraré en mi contabilidad mi derecho de cobro de 300x40=12000 euros. De hecho existe la bligación de utilizar módulos (pago del impuesto de una manera estimada según variables objetivas) en IVA para aquellos autónomos que deciden no hacer contabilidad. La propuesta del PP consiste entonces en el cambio de los principios básicos que rigen la contabilidad mundial?

TERCERO: El documento básico del IVA es la factura, regulada por el reglamento de facturas. Cada factura es única e invariable, van numeradas por números correlativos, de modo que una única operación únicamente puede facturarse una vez, y todas las operaciones de la empresa deben ser facturadas. Tanto es así, que si existe un error en una factura, no se puede volver a emitir, sino que se debe emitir una nueva que la rectifique. No existe manera de demostrar fielmente que un pago se debe o no al pago de una factura o al pago parcial de una factura, y cuanto menos a una operación comercial o una parte de ella. La propuesta del PP consiste entonces en la abolición del reglamento de facturas (total una abolición más…) y la invención de un documento que demuestre el motivo de un movimiento de una cuenta bancaria a otra? Y qué harán con los pagos en efectivo? Y con los cheques y pagarés? Ya puestos prohibirán billetes, cheques, pagarés y demás medios de pago?

CUARTO: El IVA prevé para casos en los que las facturas estén en clara situación de incobrabilidad la devolución de las cuotas satisfechas a la Hacienda Pública por dichas facturas. Esto es, si te vendo y estás en quiebra (concurso) se entiende que no me vas a pagarme y Hacienda me devuelve lo que le pagué por IVA de lo que te vendí. Obvia el PP y sus asesores económicos esta cuestión?

Estas 4 cuestiones me vienen rondando la cabeza desde que oí esta pseudo propuesta por primera vez, lo he comentado con colegas, se ha tratado en congresos de economistas, he estudiado un master en fiscalidad y nunca nadie ni nada me ha dado una respuesta técnica mínimamente valida para la pregunta: ¿como se articula el cambio del criterio de devengo por el de caja en IVA?

Estaría encantadísimo de que alguien pudiera darme respuesta a esta pregunta de una forma técnicamente correcta y sin demagogia, entonces pediré perdón, hasta entonces seguiré pensando que hay personas que están moralmente deshabilitadas para representar a nadie.

2 comentarios:

  1. No creo que una reforma tan profunda ayude a nada (tiempo, modificaciones, legalidad, fiscalidad...) y estoy de acuerdo contigo en que en esos términos son poco menos que desconcertantes.
    El auténtico problema es que, como sabes, los ivas se declaran trimestralmente, si te sale a pagar pagas y si te sale a deber te lo compensan más adelante. Todos sabemos que cualquier trabajo de autónomo o microempresa va por temporadas, los trimestres son muy desiguales y siempre acaban drenando liquidez de sus recursos para luego al hacer la declaración del iva definitiva te salga a pagar o deber (lo más normal), pero en el fondo mucho más lejos del momento de devengo (algunos ivas de enero pueden llegar a compensarse en el irpf de mayo del año siguiente)

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  2. Cierto que ese decalaje puede producir ciertos inconvenientes, pero es propio de la gestión y control público, de hecho se da en IRPF (la declaración no deja de ser una regualarización en junio de lo retenido en el ejercicio anterior) o en IS de una manera más acusada (donde se da en forma de crédito fiscal a compensar en años sucesivos). De todos modos, como profesional, estarás conmigo en que la propuesta del PP es técnicamente, como mínimo turbia. Muchas gracias!

    Ton

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